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lunes, 31 de mayo de 2010

3ra Parcial

Ver Archivo.

3 Parcial Taxes

IMPUESTOS EN MÉXICO

lunes, 26 de abril de 2010

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS.


El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever. Los principales efectos que estudiaremos, son los siguientes:
• La repercusión
• La difusión
• La utilización del desgravamiento
• La absorción
• La amortización
• La capitalización
• La evasión
LA REPEERCUSIÓN:


La repercusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son: la percusión, la traslación y la incidencia
 La percusión:
Es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir, sobre la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.
 La traslación:
Es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas.
 La incidencia:
Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
LA DIFUSIÓN:


Otro de los fenómenos de los impuestos es la difusión.
Cuando un impuesto ha llegado hasta la persona que no está en condiciones de trasladarlos a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la indecencia, con el que termina la repercusión, pero entonces se presenta otro fenómeno que es el de la difusión del impuesto.
Las diferencias que existen entre la difusión y la repercusión son principalmente dos:
La primera es que la repercusión puede presentarse o no, en cambio, la difusión siempre se presenta, porque suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo paga, el sujeto, sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.
LA UTILIZACIÓN DEL DESGRAVAMIENTO:
Otro fenómeno de los impuestos, al que podríamos llamar la utilización del degravamiento, se presenta cuando por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; esté fenómeno se presenta, porque así como hay la tendencia de hacer pasar el impuesto a terceros, hay la tendencia ha aprovechar las ventajas que reporta la desaparición del gravamen.

LA ABSORCIÓN DEL IMPUESTO:



Puede darse el caso, de que al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, si no que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo, empleados, o bien consigue un progreso técnico en virtud de un descubrimiento, etc. En otras palabras, cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

AMORTIZACIÓN:




La amortización se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión estable, casa, terreno, etc. La casa baja el valor, porque se amortiza el importe del impuesto.
Éste fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.
Ejemplo:
Existe una casa que produce $1000 de renta mensual, en consecuencia vale $100000. Se establece un impuesto de 10% sobre la renta, ésta bajará a $900 y el valor será de 90000.

ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO

 Sujeto-Activo: Dentro de la organización del estado mexicano son la federación entidades locales (estado y distrito federal) y los municipios.
Son sujetos activos los que tienen el derecho de exigir el pago de tributos; pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud.
 Sujeto. Pasivo: persona que legalmente tiene la obligación de pagar impuestos. Ya sea persona física o moral.
 Objeto: situación que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
 Unidad Física o Unidad del Impuesto: Es la cosa o cantidad delimitada en medida, peso, etc. Sobre que la ley fija. Ejemplo; un kilo de sal, 1 litro de alcohol, etc.
 Cuota del Impuesto: Cantidad en dinero o en especie que percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto por ciento.
 Base: cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo de un sujeto
 Tarifa: Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto tributario que pertenecen a la misma categoría

LOS INGRESOS DEL ESTADO

LOS INGRESOS DEL ESTADO






-Ingresos Originarios: Son aquellos que obtiene el estado de la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado.

-Ingresos Derivados: Son los que obtiene el estado en ejercicio de su soberanía, es otra manera de referirse a los tributos.


-Ingresos Ordinarios: Son aquellos que tiene el estado año con año, los que recibe regular o periódicamente.

-Ingresos extraordinarios: Son aquellos que obtiene el estado en un corto periodo de tiempo y después desaparecen.



-Ingresos reales del estdo: Son aquellos que efectivamente modifican su patrimonio, son un ingreso permanente.


*¿Cómo clasifica la doctrina los ingresos tributarios del estado?
-Impuestos
-Derechos
-Contribuciones especiales
-Aprovechamientos

*¿Qué se entiende por contribuciones en el código fiscal de la Federación? Son los impuestos, las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y los derechos.

*¿Qué se entiende por aportaciones de seguridad social?
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social.

*¿Qué son los derechos en el código fiscal de la federación?
Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o el aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación así como por recibir servicios que paga el estado en sus funciones del derecho público.

*¿Cuáles son los accesorios en el código fiscal de la federación?
-Multas
-Recargos
-Gastos de ejecución
-Indemnizaciones por cheque devuelto.

*¿Cuáles son los productos en el código fiscal de la federación?
Son las contraprestaciones por los prestadores que prestan el estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del domino privado.

*¿Cuáles son los aprovechamientos que percibe el estado por funciones del derecho publico distinto de las contribuciones de los ingresos derivados de empresas de participación estatal.

*¿Cuáles son los organismos descentralizados?
Son las instituciones creadas por disposición del congreso de la unión o en su caso por el ejecutivo federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.



FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS

En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31, fracción IV, se establece la obligación de pagar impuestos.

GASTOS PÚBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS

 La Federación
 Del Estado
 Del municipio en el que se resida





Nosotros debemos pagar impuestos a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La Federación y los estados son: Quienes están facultados para establecer impuestos.
A las entidades que tienen la obligación de pagar impuestos son: a la Federación, al Estado y a los Municipios.
Impuestos que pueden establecer únicamente la federación. La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.






 Sobre el comercio exterior
 Sobre el aprovechamiento y explotación de los impuestos naturales de la plataforma continental, zócalos, submarinos de las islas, minerales, agua, etc.
 Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
 Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación, y.
 Especiales sobre:



1. Energía Eléctrica


2. Producción y consumo de tabaco labrados.



3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo.



4. Cerillos y Fósforo






5. Aguamiel y productos de su fermentación



6. Explotación Forestal, y

7. Producción y consumo de cerveza.



Los municipios pueden establecer impuestos, solo lo que establezca a su favor la Legislatura del Estado a que pertenezca.
El único organismo que ésta facultado para establecer impuestos que cobra la federación es el Congreso de la unión


ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

Constitución
|
Ley de ingresos
|
Leyes de Contribuciones Específicas
|
Código Fiscal de la Federación
|
Desarrollo Federal

FUENTES DEL IMPUESTO
Capital Renta

Individual Nacional Bruta Neta Libre Legal






LA RENTA
Debe de ser la fuente normal de los impuestos.
Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:
1. Es susceptible de renovarse, por que proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.
2. Se encuentra Económica y Jurídicamente a disposición el beneficiario, que puede disponer libremente de ella.


RENTA BRUTA
Es aquella que se considera sin deducción alguna
RENTA NETA
Es aquella que en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta
RENTA LIBRE
Es la queda al individuo después de deducir, no solo los gastos de obtención de la renta, sino también los cargos de toda clases que puedan pensar sobre ella.
RENTA LEGAL
Es aquella que se obtiene de reducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.



Distinción Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que estos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia también la población.

sábado, 6 de marzo de 2010

PRINCIPIOS DE ADOLFO WAGNER


Introducción
· La ciencia de las finanzas debe poseer una serie de principios superiores
· Considerar un doble punto de vista
· Estos principios no deben considerarse como absolutos sino como relativos
· No deben considerarse aisladamente sino en su conjunto
· Constituyen un fin al que deben tenderse en la práctica.

Categorías de los impuestos:
· Política Financiera: suficiencia y elasticidad de la imposición
· Economía Publica: Fuentes de impuestos y clases de impuestos
· Equidad: generalidad y uniformidad.
· Admón. Fiscal: fijeza de la imposición, comodidad de la imposición y reducción de costo de recaudación.

Principios de Equidad
1.-Generalidad: se refiere a que todos debemos pagar impuestos, pero no es tomado al pie de la letra.
2.-Uniformidad: El impuesto debe ser en lo posible, proporcionada a la capacidad de prestación económica.

Principio de Política Financiera
1.-Suficiencia de la imposición: Los impuestos deben poder cubrir las necesidades financieras de un periodo financiero.
2.-Elasticidad de la imposición: Los impuestos deben ser adaptables a las variaciones de las necesidades financieras.


Principios de La Economía Pública
1.-Fuentes de impuestos: Wagner señala 3 fuentes del impuestos; la rentaque es la fuente normal del impuesto, el capital nacional, conjunto de bienes o riquezas de un país que produzca bienes y los medios de consumo.
2.-Eleccion de clases de impuestos:
· Legislador puede escoger al sujeto
· La autoridad solo emite hipótesis.
· Tomar en cuenta la repercusión al escoger los gravámenes.

Principios de Admón. Fiscal
· La fijeza tendrá mayor efectividad si se siguen las siguientes reglas:

1.-La mayor preparación profesional y moral de los encargados de la determinación de los impuestos.
2.-La simplicidad del sistema de impuesto y de su organización.
3.-dar la indicación exacta y precisa de la fecha y lugar de pago del monto de la suma debida y de las especies liberatorias admitidas.
4.-Emplear en las leyes del reglamento un lenguaje claro, simple y accesible a todos, aun cuando no siempre será posible por las complicaciones que extrañan los impuestos modernos.



PRINCIPIOS TEORICOS DE LOS IMPUESTOS: ADAM SMITH




El economista ingles, Adam Smith, en su libro “Las riquezas de las naciones” dedico el V libro al estudio de los impuestos, estableciendo cuatro principios fundamentales:


PRINCIPIOS DE ADAM SMITH

Principio de Justicia
Los súbditos de cada estado debe contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo mas cercana posible a sus respectivas capacidades es decir, en la proporción a los ingresos de que gozan bajo la protección del Estado de la observancia o el menosprecio de la máxima depende lo que se llama la equidad o falta de equidad de los impuestos.



· Principio de Generalidad
Es decir que todos deben pagar impuestos, o en términos negativos que nadie debe estar exento de la obligación de pagar impuestos. Sin embargo no debe entenderse en términos tan absolutos esta obligación sino limitada por el concepto de capacidad contributiva.







· Uniformidad del Impuesto
Es decir que todos sean iguales frente al impuesto. Dos criterios para lograr la uniformidad del impuesto. Uno, objetivo y otro, subjetivo, que, combinamos, dan el índice correcto; la capacidad contributiva, como criterio objetivo; la igualdad de sacrificio, como criterio o subjetivo.



· Principio de certidumbre
El impuesto de cada individuo debe pagar, debe ser fijo y no arbitrario. La fecha de pago, la forma de realizarse, la cantidad a pagar, deben ser claras para el contribuyente y para todas las demás personas.

· Principio de Comodidad
Todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en las que es mas probable que convenga a su pago al contribuyente.

· Principio de economía
Todo impuesto debe planearse de modo que la diferencia de lo que recauda y lo que ingresa en el tesoro público del edo. Sea lo mas pequeña posible.









TEORIAS SOBRE EL IMPUESTO



Son cinco los conceptos más importantes que se han dado sobre la naturaleza del impuesto y son los siguientes:

El impuesto es el precio de los servicios prestados por el estado a los particulares. (Teoría de la Equivalencia)
El impuesto es una prima de seguros que se paga como garantía de la seguridad individual que esta obligado a proporcionar el estado. (Teoría del Seguro).
El impuesto presenta la cantidad necesaria para cubrir los gastos de demanda, la aplicación y explotación del capital nacional.
El impuesto es un sacrificio. Es lo que se llama Teoría del Sacrificio, complementaria con la teoría del mínimo sacrificio. El impuesto debe significar el menor sacrificio posible.
El impuesto es solo un deber que no necesita un fundamento jurídico especial.

TEORIA DE LA EQUIVALENCIA:PUFENDORF: Sostenía que el impuesto es el precio de la protección de vidas y haciendas por lo que debe existir una capitación moderada.

MADAME CLEMENCE: Dice que el impuesto es la parte del poder productivo bajo la rama de servicios o de las contribuciones de toda naturaleza que casa ciudadano debe a la comunidad en cambio de los servicios que ha recibido, recibe y reciba por el hecho de su participación social y a titulo de restitución de las ventajas alcanzadas por las generalidades pasadas en provecho de las generalidades futuras.

TEORIA DEL SEGURO


Esta teoría es la que considera los impuestos como una prima de seguro por la protección de la vida y hacienda de los individuos por parte de la comunidad publica.
E. DE GIRARDIN dice que el impuesto es la prima de seguro pagadas por aquellas que poseen para asegurarse contra todos los riesgos de ser perturbados en su posesión o en su disfrute.





TEORIA DEL CAPITAL NACIONAL



JOHN STUART MILL considera el impuesto como sacrificio solamente que no pretende con esta dar una definición sino proporcionar un elemento para lograr una distribución equitativa de los impuestos.
Considera además que el sacrificio debe ser menor posible. El sacrificio esta en función de dos variables; la mayor igualdad de repartición del impuesto entre los ciudadanos y el mínimo obstáculo puesto al aumento de la producción.

TEORÍA DE EHEBERG

Sostiene que debe rechazarse la idea del sacrificio y considerar el deber tributario como un axioma que en si mismo no reconoce limites pero que los tiene en cada caso particular en razones de oportunidad que aconseja la tendencia a servir.











DEFINICIONES DEL IMPUESTO















EHEBERG:”Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo en forma en cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestaciones especiales con el fin de satisfacer las necesidades colectivas”.








NITTI: “El impuesto es una cuota, parte de su riqueza que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponerlos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas”






VITTI DE MARCO: “El impuesto es una parte de la renta del ciudadano que el Estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción”.





JOSE ALVAREZ DE CIENFUEGOS: “El impuestos es la parte de la renta nacional que el estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publicas”.



LUIGI COSSA: “El impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública o fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales”.

GASTON JÉZE:
Características:
Es una prestación de valores pecuniarios
La prestación del individuo no es seguida por una contraprestación del Estado.
El constreñimiento jurídico
Se establece según reglas fijas
Se destina a gastos de interés
Es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.

LEROY BEAULIEU: “El impuesto es pura y simplemente una contribución, será directa, sea disimulada, el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno”.

SELIGMAN: “Un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencia a los beneficios especiales prestados.

MANUEL MORSELLI: “El impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinadas a la consecución de los fines generales en la vida publica”.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION: “Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal”.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION: “Los impuestos no son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, sino a una contribución que se basa en las cargas de la vida social”.
Los impuestos no contribuyen un beneficio para los causantes sino un deber de contribuir a los gastos públicos.









ANTECEDENTES HISTÒRICOS

En el siglo V en Europa la economía se vuelve tipo rural. Era rudimentaria porque solo se pretendía que el campo produjera lo necesario para el uso y consumo.
Esto explica la frecuencia con que ésta época apareció la plaga de hambre.
Grandes propiedades que se le daban a los artesanos a cambio del reconocimiento del señor, protestando al señor fidelidad y lealtad, promesa que se debía que renovar cada vez que había cambiado de señor.
Los aldeanos estaban divididos en dos categorías:

· Los ingenuiles u hombres (no podían ser sometidos a trabajos serviles)
· Los siervos (realizaban los trabajos viles, eran sucesores de los esclavos).

EL VASALLO:
Tenía obligaciones que se pueden dividir en dos:



a) Personales:
· Entre las personales se encontraban el servicio militar.
· Ser consejero de negocios, concurriendo a 3 audiencias obligatorias: día de Pascua, Pentecostés y Noche Buena.

b) Económico:


· Pagar el rescate del señor, si este era capturado.
· Equi parlo para las cruzadas.
· C uando se casaba su hija.
· Cuando se armaba caballero su hijo.
· Si el vasallo vendía su feudo, paga impuesto (aproximadamente 3 años de renta).






EL SIERVO:


Tenían dos clases de obligaciones:



a) Personales:
· Cultivar las tierras del señor.
· Almacenar sus mieses.
· Transportar la leña, piedra, alimentos, reparar los caminos y edificios.

b) Económicas:
· La capitación: era lo que se pagaba por cabeza, generalmente al año.
· El formariaje o Servidumbre: Era la cantidad que pagaba por siervo o sierva por casarse, con personas extrañas al feudo del mismo.
· La mano muerta. El derecho de apoderarse el señor de la herencia de sus siervos. Para que percibieran la herencia debía de pagar un crédito de rescate llamado “Derecho de relieve”.

LAS RENTAS MÁS COMUNES

· El censo: Era la renta en metálico en proporción de su precio.
· Pecho o talla: Se llamaba así porque al momento de pagar el impuesto se hacia una talla con un cuchillo en su pedazo de madera. Era impuesto una o varias veces al año.
· Las tasa de rescate, eran cantidades que se pagaban en cambio de la supresión de prestación de servicios personales o en especie. Las prestaciones consistían en cargas en especie. Se cobraban derechos en metálico o en gramos por cada cabeza de ganado por la venta.

Se cobraba dchos. en metálico o en granos por cada cabeza de ganado por venta.
Los labriegos estaban obligados a cocer, su pan en el horno del señor, moler el trigo en molino del señor, etc. Debiendo pagar derechos en especie (banalidades).




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lunes, 31 de mayo de 2010

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IMPUESTOS EN MÉXICO

lunes, 26 de abril de 2010

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS.


El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever. Los principales efectos que estudiaremos, son los siguientes:
• La repercusión
• La difusión
• La utilización del desgravamiento
• La absorción
• La amortización
• La capitalización
• La evasión
LA REPEERCUSIÓN:


La repercusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son: la percusión, la traslación y la incidencia
 La percusión:
Es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir, sobre la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.
 La traslación:
Es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas.
 La incidencia:
Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
LA DIFUSIÓN:


Otro de los fenómenos de los impuestos es la difusión.
Cuando un impuesto ha llegado hasta la persona que no está en condiciones de trasladarlos a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la indecencia, con el que termina la repercusión, pero entonces se presenta otro fenómeno que es el de la difusión del impuesto.
Las diferencias que existen entre la difusión y la repercusión son principalmente dos:
La primera es que la repercusión puede presentarse o no, en cambio, la difusión siempre se presenta, porque suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo paga, el sujeto, sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.
LA UTILIZACIÓN DEL DESGRAVAMIENTO:
Otro fenómeno de los impuestos, al que podríamos llamar la utilización del degravamiento, se presenta cuando por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; esté fenómeno se presenta, porque así como hay la tendencia de hacer pasar el impuesto a terceros, hay la tendencia ha aprovechar las ventajas que reporta la desaparición del gravamen.

LA ABSORCIÓN DEL IMPUESTO:



Puede darse el caso, de que al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, si no que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo, empleados, o bien consigue un progreso técnico en virtud de un descubrimiento, etc. En otras palabras, cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

AMORTIZACIÓN:




La amortización se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión estable, casa, terreno, etc. La casa baja el valor, porque se amortiza el importe del impuesto.
Éste fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.
Ejemplo:
Existe una casa que produce $1000 de renta mensual, en consecuencia vale $100000. Se establece un impuesto de 10% sobre la renta, ésta bajará a $900 y el valor será de 90000.

ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO

 Sujeto-Activo: Dentro de la organización del estado mexicano son la federación entidades locales (estado y distrito federal) y los municipios.
Son sujetos activos los que tienen el derecho de exigir el pago de tributos; pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud.
 Sujeto. Pasivo: persona que legalmente tiene la obligación de pagar impuestos. Ya sea persona física o moral.
 Objeto: situación que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
 Unidad Física o Unidad del Impuesto: Es la cosa o cantidad delimitada en medida, peso, etc. Sobre que la ley fija. Ejemplo; un kilo de sal, 1 litro de alcohol, etc.
 Cuota del Impuesto: Cantidad en dinero o en especie que percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto por ciento.
 Base: cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo de un sujeto
 Tarifa: Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto tributario que pertenecen a la misma categoría

LOS INGRESOS DEL ESTADO

LOS INGRESOS DEL ESTADO






-Ingresos Originarios: Son aquellos que obtiene el estado de la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado.

-Ingresos Derivados: Son los que obtiene el estado en ejercicio de su soberanía, es otra manera de referirse a los tributos.


-Ingresos Ordinarios: Son aquellos que tiene el estado año con año, los que recibe regular o periódicamente.

-Ingresos extraordinarios: Son aquellos que obtiene el estado en un corto periodo de tiempo y después desaparecen.



-Ingresos reales del estdo: Son aquellos que efectivamente modifican su patrimonio, son un ingreso permanente.


*¿Cómo clasifica la doctrina los ingresos tributarios del estado?
-Impuestos
-Derechos
-Contribuciones especiales
-Aprovechamientos

*¿Qué se entiende por contribuciones en el código fiscal de la Federación? Son los impuestos, las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y los derechos.

*¿Qué se entiende por aportaciones de seguridad social?
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social.

*¿Qué son los derechos en el código fiscal de la federación?
Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o el aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación así como por recibir servicios que paga el estado en sus funciones del derecho público.

*¿Cuáles son los accesorios en el código fiscal de la federación?
-Multas
-Recargos
-Gastos de ejecución
-Indemnizaciones por cheque devuelto.

*¿Cuáles son los productos en el código fiscal de la federación?
Son las contraprestaciones por los prestadores que prestan el estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del domino privado.

*¿Cuáles son los aprovechamientos que percibe el estado por funciones del derecho publico distinto de las contribuciones de los ingresos derivados de empresas de participación estatal.

*¿Cuáles son los organismos descentralizados?
Son las instituciones creadas por disposición del congreso de la unión o en su caso por el ejecutivo federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.



FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS

En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31, fracción IV, se establece la obligación de pagar impuestos.

GASTOS PÚBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS

 La Federación
 Del Estado
 Del municipio en el que se resida





Nosotros debemos pagar impuestos a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La Federación y los estados son: Quienes están facultados para establecer impuestos.
A las entidades que tienen la obligación de pagar impuestos son: a la Federación, al Estado y a los Municipios.
Impuestos que pueden establecer únicamente la federación. La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.






 Sobre el comercio exterior
 Sobre el aprovechamiento y explotación de los impuestos naturales de la plataforma continental, zócalos, submarinos de las islas, minerales, agua, etc.
 Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
 Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación, y.
 Especiales sobre:



1. Energía Eléctrica


2. Producción y consumo de tabaco labrados.



3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo.



4. Cerillos y Fósforo






5. Aguamiel y productos de su fermentación



6. Explotación Forestal, y

7. Producción y consumo de cerveza.



Los municipios pueden establecer impuestos, solo lo que establezca a su favor la Legislatura del Estado a que pertenezca.
El único organismo que ésta facultado para establecer impuestos que cobra la federación es el Congreso de la unión


ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

Constitución
|
Ley de ingresos
|
Leyes de Contribuciones Específicas
|
Código Fiscal de la Federación
|
Desarrollo Federal
FUENTES DEL IMPUESTO
Capital Renta

Individual Nacional Bruta Neta Libre Legal






LA RENTA
Debe de ser la fuente normal de los impuestos.
Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:
1. Es susceptible de renovarse, por que proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.
2. Se encuentra Económica y Jurídicamente a disposición el beneficiario, que puede disponer libremente de ella.


RENTA BRUTA
Es aquella que se considera sin deducción alguna
RENTA NETA
Es aquella que en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta
RENTA LIBRE
Es la queda al individuo después de deducir, no solo los gastos de obtención de la renta, sino también los cargos de toda clases que puedan pensar sobre ella.
RENTA LEGAL
Es aquella que se obtiene de reducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.


Distinción Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que estos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia también la población.

sábado, 6 de marzo de 2010

PRINCIPIOS DE ADOLFO WAGNER


Introducción
· La ciencia de las finanzas debe poseer una serie de principios superiores
· Considerar un doble punto de vista
· Estos principios no deben considerarse como absolutos sino como relativos
· No deben considerarse aisladamente sino en su conjunto
· Constituyen un fin al que deben tenderse en la práctica.

Categorías de los impuestos:
· Política Financiera: suficiencia y elasticidad de la imposición
· Economía Publica: Fuentes de impuestos y clases de impuestos
· Equidad: generalidad y uniformidad.
· Admón. Fiscal: fijeza de la imposición, comodidad de la imposición y reducción de costo de recaudación.

Principios de Equidad
1.-Generalidad: se refiere a que todos debemos pagar impuestos, pero no es tomado al pie de la letra.
2.-Uniformidad: El impuesto debe ser en lo posible, proporcionada a la capacidad de prestación económica.

Principio de Política Financiera
1.-Suficiencia de la imposición: Los impuestos deben poder cubrir las necesidades financieras de un periodo financiero.
2.-Elasticidad de la imposición: Los impuestos deben ser adaptables a las variaciones de las necesidades financieras.


Principios de La Economía Pública
1.-Fuentes de impuestos: Wagner señala 3 fuentes del impuestos; la rentaque es la fuente normal del impuesto, el capital nacional, conjunto de bienes o riquezas de un país que produzca bienes y los medios de consumo.
2.-Eleccion de clases de impuestos:
· Legislador puede escoger al sujeto
· La autoridad solo emite hipótesis.
· Tomar en cuenta la repercusión al escoger los gravámenes.

Principios de Admón. Fiscal
· La fijeza tendrá mayor efectividad si se siguen las siguientes reglas:

1.-La mayor preparación profesional y moral de los encargados de la determinación de los impuestos.
2.-La simplicidad del sistema de impuesto y de su organización.
3.-dar la indicación exacta y precisa de la fecha y lugar de pago del monto de la suma debida y de las especies liberatorias admitidas.
4.-Emplear en las leyes del reglamento un lenguaje claro, simple y accesible a todos, aun cuando no siempre será posible por las complicaciones que extrañan los impuestos modernos.



PRINCIPIOS TEORICOS DE LOS IMPUESTOS: ADAM SMITH




El economista ingles, Adam Smith, en su libro “Las riquezas de las naciones” dedico el V libro al estudio de los impuestos, estableciendo cuatro principios fundamentales:


PRINCIPIOS DE ADAM SMITH

Principio de Justicia
Los súbditos de cada estado debe contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo mas cercana posible a sus respectivas capacidades es decir, en la proporción a los ingresos de que gozan bajo la protección del Estado de la observancia o el menosprecio de la máxima depende lo que se llama la equidad o falta de equidad de los impuestos.



· Principio de Generalidad
Es decir que todos deben pagar impuestos, o en términos negativos que nadie debe estar exento de la obligación de pagar impuestos. Sin embargo no debe entenderse en términos tan absolutos esta obligación sino limitada por el concepto de capacidad contributiva.







· Uniformidad del Impuesto
Es decir que todos sean iguales frente al impuesto. Dos criterios para lograr la uniformidad del impuesto. Uno, objetivo y otro, subjetivo, que, combinamos, dan el índice correcto; la capacidad contributiva, como criterio objetivo; la igualdad de sacrificio, como criterio o subjetivo.



· Principio de certidumbre
El impuesto de cada individuo debe pagar, debe ser fijo y no arbitrario. La fecha de pago, la forma de realizarse, la cantidad a pagar, deben ser claras para el contribuyente y para todas las demás personas.

· Principio de Comodidad
Todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en las que es mas probable que convenga a su pago al contribuyente.

· Principio de economía
Todo impuesto debe planearse de modo que la diferencia de lo que recauda y lo que ingresa en el tesoro público del edo. Sea lo mas pequeña posible.









TEORIAS SOBRE EL IMPUESTO



Son cinco los conceptos más importantes que se han dado sobre la naturaleza del impuesto y son los siguientes:

El impuesto es el precio de los servicios prestados por el estado a los particulares. (Teoría de la Equivalencia)
El impuesto es una prima de seguros que se paga como garantía de la seguridad individual que esta obligado a proporcionar el estado. (Teoría del Seguro).
El impuesto presenta la cantidad necesaria para cubrir los gastos de demanda, la aplicación y explotación del capital nacional.
El impuesto es un sacrificio. Es lo que se llama Teoría del Sacrificio, complementaria con la teoría del mínimo sacrificio. El impuesto debe significar el menor sacrificio posible.
El impuesto es solo un deber que no necesita un fundamento jurídico especial.

TEORIA DE LA EQUIVALENCIA:PUFENDORF: Sostenía que el impuesto es el precio de la protección de vidas y haciendas por lo que debe existir una capitación moderada.

MADAME CLEMENCE: Dice que el impuesto es la parte del poder productivo bajo la rama de servicios o de las contribuciones de toda naturaleza que casa ciudadano debe a la comunidad en cambio de los servicios que ha recibido, recibe y reciba por el hecho de su participación social y a titulo de restitución de las ventajas alcanzadas por las generalidades pasadas en provecho de las generalidades futuras.

TEORIA DEL SEGURO


Esta teoría es la que considera los impuestos como una prima de seguro por la protección de la vida y hacienda de los individuos por parte de la comunidad publica.
E. DE GIRARDIN dice que el impuesto es la prima de seguro pagadas por aquellas que poseen para asegurarse contra todos los riesgos de ser perturbados en su posesión o en su disfrute.





TEORIA DEL CAPITAL NACIONAL



JOHN STUART MILL considera el impuesto como sacrificio solamente que no pretende con esta dar una definición sino proporcionar un elemento para lograr una distribución equitativa de los impuestos.
Considera además que el sacrificio debe ser menor posible. El sacrificio esta en función de dos variables; la mayor igualdad de repartición del impuesto entre los ciudadanos y el mínimo obstáculo puesto al aumento de la producción.

TEORÍA DE EHEBERG

Sostiene que debe rechazarse la idea del sacrificio y considerar el deber tributario como un axioma que en si mismo no reconoce limites pero que los tiene en cada caso particular en razones de oportunidad que aconseja la tendencia a servir.











DEFINICIONES DEL IMPUESTO















EHEBERG:”Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo en forma en cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestaciones especiales con el fin de satisfacer las necesidades colectivas”.








NITTI: “El impuesto es una cuota, parte de su riqueza que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponerlos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas”






VITTI DE MARCO: “El impuesto es una parte de la renta del ciudadano que el Estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción”.





JOSE ALVAREZ DE CIENFUEGOS: “El impuestos es la parte de la renta nacional que el estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publicas”.



LUIGI COSSA: “El impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública o fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales”.

GASTON JÉZE:
Características:
Es una prestación de valores pecuniarios
La prestación del individuo no es seguida por una contraprestación del Estado.
El constreñimiento jurídico
Se establece según reglas fijas
Se destina a gastos de interés
Es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.

LEROY BEAULIEU: “El impuesto es pura y simplemente una contribución, será directa, sea disimulada, el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno”.

SELIGMAN: “Un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencia a los beneficios especiales prestados.

MANUEL MORSELLI: “El impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinadas a la consecución de los fines generales en la vida publica”.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION: “Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal”.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION: “Los impuestos no son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, sino a una contribución que se basa en las cargas de la vida social”.
Los impuestos no contribuyen un beneficio para los causantes sino un deber de contribuir a los gastos públicos.









ANTECEDENTES HISTÒRICOS

En el siglo V en Europa la economía se vuelve tipo rural. Era rudimentaria porque solo se pretendía que el campo produjera lo necesario para el uso y consumo.
Esto explica la frecuencia con que ésta época apareció la plaga de hambre.
Grandes propiedades que se le daban a los artesanos a cambio del reconocimiento del señor, protestando al señor fidelidad y lealtad, promesa que se debía que renovar cada vez que había cambiado de señor.
Los aldeanos estaban divididos en dos categorías:

· Los ingenuiles u hombres (no podían ser sometidos a trabajos serviles)
· Los siervos (realizaban los trabajos viles, eran sucesores de los esclavos).

EL VASALLO:
Tenía obligaciones que se pueden dividir en dos:



a) Personales:
· Entre las personales se encontraban el servicio militar.
· Ser consejero de negocios, concurriendo a 3 audiencias obligatorias: día de Pascua, Pentecostés y Noche Buena.

b) Económico:


· Pagar el rescate del señor, si este era capturado.
· Equi parlo para las cruzadas.
· C uando se casaba su hija.
· Cuando se armaba caballero su hijo.
· Si el vasallo vendía su feudo, paga impuesto (aproximadamente 3 años de renta).






EL SIERVO:


Tenían dos clases de obligaciones:



a) Personales:
· Cultivar las tierras del señor.
· Almacenar sus mieses.
· Transportar la leña, piedra, alimentos, reparar los caminos y edificios.

b) Económicas:
· La capitación: era lo que se pagaba por cabeza, generalmente al año.
· El formariaje o Servidumbre: Era la cantidad que pagaba por siervo o sierva por casarse, con personas extrañas al feudo del mismo.
· La mano muerta. El derecho de apoderarse el señor de la herencia de sus siervos. Para que percibieran la herencia debía de pagar un crédito de rescate llamado “Derecho de relieve”.

LAS RENTAS MÁS COMUNES

· El censo: Era la renta en metálico en proporción de su precio.
· Pecho o talla: Se llamaba así porque al momento de pagar el impuesto se hacia una talla con un cuchillo en su pedazo de madera. Era impuesto una o varias veces al año.
· Las tasa de rescate, eran cantidades que se pagaban en cambio de la supresión de prestación de servicios personales o en especie. Las prestaciones consistían en cargas en especie. Se cobraban derechos en metálico o en gramos por cada cabeza de ganado por la venta.

Se cobraba dchos. en metálico o en granos por cada cabeza de ganado por venta.
Los labriegos estaban obligados a cocer, su pan en el horno del señor, moler el trigo en molino del señor, etc. Debiendo pagar derechos en especie (banalidades).




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