FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS
En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31, fracción IV, se establece la obligación de pagar impuestos.
GASTOS PÚBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS
La Federación
Del Estado
Del municipio en el que se resida
Nosotros debemos pagar impuestos a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La Federación y los estados son: Quienes están facultados para establecer impuestos.
A las entidades que tienen la obligación de pagar impuestos son: a la Federación, al Estado y a los Municipios.
Impuestos que pueden establecer únicamente la federación. La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.
Sobre el comercio exterior
Sobre el aprovechamiento y explotación de los impuestos naturales de la plataforma continental, zócalos, submarinos de las islas, minerales, agua, etc.
Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación, y.
Especiales sobre:
1. Energía Eléctrica
2. Producción y consumo de tabaco labrados.
3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo.
4. Cerillos y Fósforo
5. Aguamiel y productos de su fermentación
6. Explotación Forestal, y
7. Producción y consumo de cerveza.
Los municipios pueden establecer impuestos, solo lo que establezca a su favor la Legislatura del Estado a que pertenezca.
El único organismo que ésta facultado para establecer impuestos que cobra la federación es el Congreso de la unión
ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO
Constitución
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Ley de ingresos
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Leyes de Contribuciones Específicas
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Código Fiscal de la Federación
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Desarrollo Federal
Feliz Navidad y año nuevo 2013
Hace 12 años
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