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lunes, 26 de abril de 2010

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS.


El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever. Los principales efectos que estudiaremos, son los siguientes:
• La repercusión
• La difusión
• La utilización del desgravamiento
• La absorción
• La amortización
• La capitalización
• La evasión
LA REPEERCUSIÓN:


La repercusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son: la percusión, la traslación y la incidencia
 La percusión:
Es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir, sobre la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.
 La traslación:
Es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas.
 La incidencia:
Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
LA DIFUSIÓN:


Otro de los fenómenos de los impuestos es la difusión.
Cuando un impuesto ha llegado hasta la persona que no está en condiciones de trasladarlos a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la indecencia, con el que termina la repercusión, pero entonces se presenta otro fenómeno que es el de la difusión del impuesto.
Las diferencias que existen entre la difusión y la repercusión son principalmente dos:
La primera es que la repercusión puede presentarse o no, en cambio, la difusión siempre se presenta, porque suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo paga, el sujeto, sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.
LA UTILIZACIÓN DEL DESGRAVAMIENTO:
Otro fenómeno de los impuestos, al que podríamos llamar la utilización del degravamiento, se presenta cuando por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; esté fenómeno se presenta, porque así como hay la tendencia de hacer pasar el impuesto a terceros, hay la tendencia ha aprovechar las ventajas que reporta la desaparición del gravamen.

LA ABSORCIÓN DEL IMPUESTO:



Puede darse el caso, de que al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, si no que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo, empleados, o bien consigue un progreso técnico en virtud de un descubrimiento, etc. En otras palabras, cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

AMORTIZACIÓN:




La amortización se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión estable, casa, terreno, etc. La casa baja el valor, porque se amortiza el importe del impuesto.
Éste fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.
Ejemplo:
Existe una casa que produce $1000 de renta mensual, en consecuencia vale $100000. Se establece un impuesto de 10% sobre la renta, ésta bajará a $900 y el valor será de 90000.

ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO

 Sujeto-Activo: Dentro de la organización del estado mexicano son la federación entidades locales (estado y distrito federal) y los municipios.
Son sujetos activos los que tienen el derecho de exigir el pago de tributos; pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud.
 Sujeto. Pasivo: persona que legalmente tiene la obligación de pagar impuestos. Ya sea persona física o moral.
 Objeto: situación que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
 Unidad Física o Unidad del Impuesto: Es la cosa o cantidad delimitada en medida, peso, etc. Sobre que la ley fija. Ejemplo; un kilo de sal, 1 litro de alcohol, etc.
 Cuota del Impuesto: Cantidad en dinero o en especie que percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto por ciento.
 Base: cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo de un sujeto
 Tarifa: Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto tributario que pertenecen a la misma categoría

LOS INGRESOS DEL ESTADO

LOS INGRESOS DEL ESTADO






-Ingresos Originarios: Son aquellos que obtiene el estado de la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado.

-Ingresos Derivados: Son los que obtiene el estado en ejercicio de su soberanía, es otra manera de referirse a los tributos.


-Ingresos Ordinarios: Son aquellos que tiene el estado año con año, los que recibe regular o periódicamente.

-Ingresos extraordinarios: Son aquellos que obtiene el estado en un corto periodo de tiempo y después desaparecen.



-Ingresos reales del estdo: Son aquellos que efectivamente modifican su patrimonio, son un ingreso permanente.


*¿Cómo clasifica la doctrina los ingresos tributarios del estado?
-Impuestos
-Derechos
-Contribuciones especiales
-Aprovechamientos

*¿Qué se entiende por contribuciones en el código fiscal de la Federación? Son los impuestos, las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y los derechos.

*¿Qué se entiende por aportaciones de seguridad social?
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social.

*¿Qué son los derechos en el código fiscal de la federación?
Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o el aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación así como por recibir servicios que paga el estado en sus funciones del derecho público.

*¿Cuáles son los accesorios en el código fiscal de la federación?
-Multas
-Recargos
-Gastos de ejecución
-Indemnizaciones por cheque devuelto.

*¿Cuáles son los productos en el código fiscal de la federación?
Son las contraprestaciones por los prestadores que prestan el estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del domino privado.

*¿Cuáles son los aprovechamientos que percibe el estado por funciones del derecho publico distinto de las contribuciones de los ingresos derivados de empresas de participación estatal.

*¿Cuáles son los organismos descentralizados?
Son las instituciones creadas por disposición del congreso de la unión o en su caso por el ejecutivo federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.



FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS

En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31, fracción IV, se establece la obligación de pagar impuestos.

GASTOS PÚBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS

 La Federación
 Del Estado
 Del municipio en el que se resida





Nosotros debemos pagar impuestos a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La Federación y los estados son: Quienes están facultados para establecer impuestos.
A las entidades que tienen la obligación de pagar impuestos son: a la Federación, al Estado y a los Municipios.
Impuestos que pueden establecer únicamente la federación. La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.






 Sobre el comercio exterior
 Sobre el aprovechamiento y explotación de los impuestos naturales de la plataforma continental, zócalos, submarinos de las islas, minerales, agua, etc.
 Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
 Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación, y.
 Especiales sobre:



1. Energía Eléctrica


2. Producción y consumo de tabaco labrados.



3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo.



4. Cerillos y Fósforo






5. Aguamiel y productos de su fermentación



6. Explotación Forestal, y

7. Producción y consumo de cerveza.



Los municipios pueden establecer impuestos, solo lo que establezca a su favor la Legislatura del Estado a que pertenezca.
El único organismo que ésta facultado para establecer impuestos que cobra la federación es el Congreso de la unión


ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

Constitución
|
Ley de ingresos
|
Leyes de Contribuciones Específicas
|
Código Fiscal de la Federación
|
Desarrollo Federal

FUENTES DEL IMPUESTO
Capital Renta

Individual Nacional Bruta Neta Libre Legal






LA RENTA
Debe de ser la fuente normal de los impuestos.
Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:
1. Es susceptible de renovarse, por que proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.
2. Se encuentra Económica y Jurídicamente a disposición el beneficiario, que puede disponer libremente de ella.


RENTA BRUTA
Es aquella que se considera sin deducción alguna
RENTA NETA
Es aquella que en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta
RENTA LIBRE
Es la queda al individuo después de deducir, no solo los gastos de obtención de la renta, sino también los cargos de toda clases que puedan pensar sobre ella.
RENTA LEGAL
Es aquella que se obtiene de reducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.



Distinción Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que estos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia también la población.

lunes, 26 de abril de 2010

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS.


El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever. Los principales efectos que estudiaremos, son los siguientes:
• La repercusión
• La difusión
• La utilización del desgravamiento
• La absorción
• La amortización
• La capitalización
• La evasión
LA REPEERCUSIÓN:


La repercusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son: la percusión, la traslación y la incidencia
 La percusión:
Es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir, sobre la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.
 La traslación:
Es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas.
 La incidencia:
Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
LA DIFUSIÓN:


Otro de los fenómenos de los impuestos es la difusión.
Cuando un impuesto ha llegado hasta la persona que no está en condiciones de trasladarlos a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la indecencia, con el que termina la repercusión, pero entonces se presenta otro fenómeno que es el de la difusión del impuesto.
Las diferencias que existen entre la difusión y la repercusión son principalmente dos:
La primera es que la repercusión puede presentarse o no, en cambio, la difusión siempre se presenta, porque suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo paga, el sujeto, sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.
LA UTILIZACIÓN DEL DESGRAVAMIENTO:
Otro fenómeno de los impuestos, al que podríamos llamar la utilización del degravamiento, se presenta cuando por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; esté fenómeno se presenta, porque así como hay la tendencia de hacer pasar el impuesto a terceros, hay la tendencia ha aprovechar las ventajas que reporta la desaparición del gravamen.

LA ABSORCIÓN DEL IMPUESTO:



Puede darse el caso, de que al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, si no que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo, empleados, o bien consigue un progreso técnico en virtud de un descubrimiento, etc. En otras palabras, cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

AMORTIZACIÓN:




La amortización se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión estable, casa, terreno, etc. La casa baja el valor, porque se amortiza el importe del impuesto.
Éste fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.
Ejemplo:
Existe una casa que produce $1000 de renta mensual, en consecuencia vale $100000. Se establece un impuesto de 10% sobre la renta, ésta bajará a $900 y el valor será de 90000.

ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO

 Sujeto-Activo: Dentro de la organización del estado mexicano son la federación entidades locales (estado y distrito federal) y los municipios.
Son sujetos activos los que tienen el derecho de exigir el pago de tributos; pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud.
 Sujeto. Pasivo: persona que legalmente tiene la obligación de pagar impuestos. Ya sea persona física o moral.
 Objeto: situación que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
 Unidad Física o Unidad del Impuesto: Es la cosa o cantidad delimitada en medida, peso, etc. Sobre que la ley fija. Ejemplo; un kilo de sal, 1 litro de alcohol, etc.
 Cuota del Impuesto: Cantidad en dinero o en especie que percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto por ciento.
 Base: cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo de un sujeto
 Tarifa: Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto tributario que pertenecen a la misma categoría

LOS INGRESOS DEL ESTADO

LOS INGRESOS DEL ESTADO






-Ingresos Originarios: Son aquellos que obtiene el estado de la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado.

-Ingresos Derivados: Son los que obtiene el estado en ejercicio de su soberanía, es otra manera de referirse a los tributos.


-Ingresos Ordinarios: Son aquellos que tiene el estado año con año, los que recibe regular o periódicamente.

-Ingresos extraordinarios: Son aquellos que obtiene el estado en un corto periodo de tiempo y después desaparecen.



-Ingresos reales del estdo: Son aquellos que efectivamente modifican su patrimonio, son un ingreso permanente.


*¿Cómo clasifica la doctrina los ingresos tributarios del estado?
-Impuestos
-Derechos
-Contribuciones especiales
-Aprovechamientos

*¿Qué se entiende por contribuciones en el código fiscal de la Federación? Son los impuestos, las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y los derechos.

*¿Qué se entiende por aportaciones de seguridad social?
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social.

*¿Qué son los derechos en el código fiscal de la federación?
Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o el aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación así como por recibir servicios que paga el estado en sus funciones del derecho público.

*¿Cuáles son los accesorios en el código fiscal de la federación?
-Multas
-Recargos
-Gastos de ejecución
-Indemnizaciones por cheque devuelto.

*¿Cuáles son los productos en el código fiscal de la federación?
Son las contraprestaciones por los prestadores que prestan el estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del domino privado.

*¿Cuáles son los aprovechamientos que percibe el estado por funciones del derecho publico distinto de las contribuciones de los ingresos derivados de empresas de participación estatal.

*¿Cuáles son los organismos descentralizados?
Son las instituciones creadas por disposición del congreso de la unión o en su caso por el ejecutivo federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.



FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS

En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31, fracción IV, se establece la obligación de pagar impuestos.

GASTOS PÚBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS

 La Federación
 Del Estado
 Del municipio en el que se resida





Nosotros debemos pagar impuestos a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La Federación y los estados son: Quienes están facultados para establecer impuestos.
A las entidades que tienen la obligación de pagar impuestos son: a la Federación, al Estado y a los Municipios.
Impuestos que pueden establecer únicamente la federación. La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.






 Sobre el comercio exterior
 Sobre el aprovechamiento y explotación de los impuestos naturales de la plataforma continental, zócalos, submarinos de las islas, minerales, agua, etc.
 Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
 Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación, y.
 Especiales sobre:



1. Energía Eléctrica


2. Producción y consumo de tabaco labrados.



3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo.



4. Cerillos y Fósforo






5. Aguamiel y productos de su fermentación



6. Explotación Forestal, y

7. Producción y consumo de cerveza.



Los municipios pueden establecer impuestos, solo lo que establezca a su favor la Legislatura del Estado a que pertenezca.
El único organismo que ésta facultado para establecer impuestos que cobra la federación es el Congreso de la unión


ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

Constitución
|
Ley de ingresos
|
Leyes de Contribuciones Específicas
|
Código Fiscal de la Federación
|
Desarrollo Federal
FUENTES DEL IMPUESTO
Capital Renta

Individual Nacional Bruta Neta Libre Legal






LA RENTA
Debe de ser la fuente normal de los impuestos.
Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:
1. Es susceptible de renovarse, por que proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.
2. Se encuentra Económica y Jurídicamente a disposición el beneficiario, que puede disponer libremente de ella.


RENTA BRUTA
Es aquella que se considera sin deducción alguna
RENTA NETA
Es aquella que en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta
RENTA LIBRE
Es la queda al individuo después de deducir, no solo los gastos de obtención de la renta, sino también los cargos de toda clases que puedan pensar sobre ella.
RENTA LEGAL
Es aquella que se obtiene de reducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.


Distinción Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que estos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia también la población.